Ventajas fiscales para trabajadores desplazados al extranjero

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Ventajas fiscales de los trabajadores desplazados al extranjero.

Si quieres abrir una sucursal o filial en el extranjero, tendrás que desplazar a uno o varios de los trabajadores de tu empresa para que se ocupen de todas las gestiones. En estos casos, existen una serie de beneficios fiscales, en relación al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que es necesario conocer. Te contamos en qué consisten esas ventajas tributarias en este post. 

Vivimos en un mundo en el que las empresas son cada vez más internacionales y los empleados se desplazan a menudo al extranjero. Para adaptarse a estas circunstancias la normativa de los muchos países regulan una serie de beneficios fiscales. En el caso de España dichos beneficios se contemplan en el artículo 7 p) de la ley del IRPF. 

¿Qué regula el artículo 7 p) de la ley del IRPF?

El artículo 7 p) de la ley del IRPF establece que serán rentas exentas los rendimientos de trabajo percibidos por trabajos efectivamente realizados en el extranjero. Para que se consideren rentas exentas se deben cumplir una serie de requisitos que son los siguientes:

  • Los trabajos se deben realizar para una empresa o entidad no residente en España o un establecimiento permanente radicado en el extranjero. 
  • En el territorio en el que se realicen los trabajos se debe aplicar un impuesto de naturaleza idéntica o análoga al IRPF En España. Además, debe tratarse de un país o territorio que no sea considerado paraíso fiscal. En este sentido, se considera que un país o territorio cumple este requisito cuando haya suscrito con España un convenio de doble imposición internacional en el que se regule el intercambio de información. 

Por otro lado, la exención se aplica a las retribuciones que se reciban durante los días de estancia en el extranjero con un límite máximo de 60.100 euros al año. 

La exención que se regula en el artículo 7 p) del IRPF es incompatible con el régimen de excesos que se regula para los trabajadores destinados en el extranjero. 

¿Cómo se aplica la exención?

Para poder aplicar la exención es necesario contar con la ayuda de un asesor fiscal experto que estudie las circunstancias concretas del caso y vea si es de aplicación el artículo 7 p) del IRPF. Además, la aplicación de la exención requiere tener a disposición documentación justificativa como: 

  • La factura relativa al hotel o al alojamiento del empleado. ´
  • La factura de los billetes de avión o del medio de transporte utilizado. 
  • Las facturas de los restaurantes o bares. 
  • La factura emitida a la empresa extranjera por la prestación de los servicios que correspondan (si el empleado se ha desplazado para trabajar temporalmente en una empresa extranjera, contratado por una empresa española). 

Una vez recopilada toda la documentación que acredite la aplicación de la exención, se puede aplicar dicha exención de dos formas: 

  • La empresa puede elaborar la nómina, aplicar la exención y abonar al trabajador con una cantidad neta superior por su trabajo en el extranjero. 
  • El trabajador puede aplicar la exención en el momento de elaborar la declaración de la renta con carácter anual. 

¿Qué deben considerar los empresarios antes de aplicar la exención del artículo 7 p) del IRPF?

Durante los últimos años el desplazamiento de empleados al extranjero ha aumentado, por lo que la Agencia Tributaria vigila estos casos de cerca para verificar que se cumplen todos los requisitos. Para evitar inspecciones y sanciones es importante que consideres los siguientes aspectos: 

  • Documenta toda la estancia en el extranjero con facturas y contratos que cumplan todos los requisitos legales. 
  • Analiza con un experto fiscalista el tipo de desplazamiento que se va a realizar y las funciones que va a desarrollar el trabajador, así como la estructura de la empresa o grupo de empresas. 
  • Define el proceso interno de tu empresa para aplicar la exención, así como las recomendaciones para los trabajadores que se beneficien de la misma. 
  • Analiza, junto a tu trabajador, si es más conveniente aplicar el régimen de excesos regulado en el reglamento del IRPF. 

Es habitual que la Agencia Tributaria solicite a las empresas un certificado en el que se definan las características del desplazamiento y se garantice el cumplimiento de la Ley del IRPF. En algunos casos, pueden pedir a la empresa que presente una declaración sustitutiva del modelo 190. 

Si necesitas una asesoría fiscal en Madrid que analice si puedes aplicar este beneficio fiscal a los trabajadores desplazados al extranjero, ponte en contacto con Elkar Integración. No solo te ayudaremos a resolver tus dudas, sino que pondremos a tu disposición nuestro Centro Especial de Empleo para que puedas impulsar la responsabilidad social corporativa de tu empresa y contribuyas a la integración laboral de personas con discapacidad.

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