¿Qué pasos seguir para la creación de una sociedad?

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Qué pasos debes seguir para constituir una sociedad mercantil
  • Por: Paul Urrutia
  • Fecha: 17 - 05 - 2021
  • Categoría:

Cuando una persona piensa en crear una empresa suele valorar dos opciones: ser autónomo o constituir una sociedad mercantil. En este post te contamos los pasos para constituir una sociedad y las ventajas de externalizar todas las gestiones en una consultoría especializada que además te permitirá cumplir con la Ley General de Discapacidad.

Pasos para constituir una sociedad

La primera decisión que deberás tomar para comenzar tu negocio con una sociedad mercantil es pensar el tipo de sociedad que quieres crear. Por lo general, los dos tipos más utilizados son la sociedad anónima (S.A.) y la sociedad de responsabilidad limitada (SRL o SL). Cuando hay pocos socios y no se aporta mucho capital social se elige la sociedad limitada. A continuación, vamos a ver con detalle los pasos para crear una sociedad limitada:

Solicitar la certificación negativa de denominación en el Registro Mercantil. Esta solicitud sirve para saber si hay alguna sociedad con el mismo nombre que quieres utilizar para la tuya, inscrita en el Registro Mercantil. Lo aconsejable es que solicites varias denominaciones para evitar, si pides solo una, que te la denieguen y tengas que volver a pedir la certificación.

Depositar el capital social. El capital social mínimo de una SL es de 3.000 euros que puede ser aportado en efectivo o mediante inmuebles u otros derechos que puedan ser valorados económicamente. Por ejemplo, un socio puede aportar 1.500 euros y otro un vehículo valorado en 1.500 euros. El capital social debe depositarse en una cuenta bancaria a nombre de la SL. El banco solicitará la certificación de denominación negativa y el CIF provisional.

Redactar los estatutos sociales. Los estatutos sociales regulan la estructura y el funcionamiento de la sociedad y tendrán el siguiente contenido:

o Denominación de la sociedad

o Objeto social. Es la actividad que desarrolla la SL, es aconsejable que sea amplio para que, si en el futuro se realizan actividades relacionadas, no haya que modificar los estatutos mediante otra escritura.

o Capital social, las participaciones en las que se divide, su valor, su numeración correlativa y los derechos que otorga cada participación.

o Sistema de administración de la sociedad. El número de administradores, la forma de administración (administrador único, administradores solidarios o mancomunados o consejo de administración) y la forma de retribución.

o Forma de deliberar y tomar acuerdos. Se deberá determinar cómo deliberan los órganos de la sociedad (Junta General, Consejo de administración etc.).

o Pactos que los socios estimen oportunos. Estos pactos no podrán ir en contra de la ley.

Otorgar y firmar la escritura pública de constitución. Todos los socios deben acudir a la notaría para firmar la escritura de constitución de la SL. Para la firma se deberán aportar varios documentos: certificación negativa de la sociedad, certificación de depósito del capital social en la entidad bancaria, si un socio es extranjero la declaración de inversiones en el exterior y los DNIs o NIEs de los firmantes. En el caso del ejemplo que hemos visto antes, si uno de los socios aporta un vehículo o un inmueble, habrá que aportar el título de propiedad de ambos que, desde ese momento, pasarán a ser propiedad de la sociedad limitada.

Solicitar el NIF de la sociedad. Para obtener el NIF de la sociedad se debe acudir a Hacienda y aportar la fotocopia del DNI del firmante y de la escritura de constitución de la SL. Hacienda entregará un NIF provisional con una duración de seis meses, que será sustituido, posteriormente, con el definitivo.

Darse de alta en el censo de empresarios y en el IAE. El alta se realiza mediante el Modelo 036.

Inscribir de la escritura en el Registro Mercantil. La escritura de constitución de la sociedad deberá inscribirse en el Registro Mercantil de la provincia donde la SL tenga su domicilio social.

Obtener el NIF definitivo. Una vez hecho todo lo anterior, llega el momento de cambiar el NIF provisional por el definitivo, que será el último de los pasos para constituir una sociedad.

¿Por qué contratar a una consultoría externa para constituir una sociedad?

Una consultoría externa puede ser la solución para realizar todos los trámites anteriores sin errores y con rapidez, de manera que tu negocio pueda comenzar a funcionar rápidamente. Además, si contratas a un Centro Especial de Empleo podrás cumplir con la Ley General de discapacidad. Como sabrás dicha ley establece la obligación de que las empresas con 50 o más trabajadores tengan el 2% de los puestos de trabajo de su plantilla cubiertos por personas con discapacidad. Para cumplir con esa obligación hay varias posibilidades: contratar directamente a personas con discapacidad o solicitar un certificado de excepcionalidad y proponer medidas alternativas como la contratación de un Centro Especial de Empleo.

Tal y como has visto, los pasos para constituir una sociedad pueden parecer sencillos, pero contar con la ayuda de una consultoría externa te aportará seguridad jurídica y agilidad en todos los trámites.

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