Si eres autónomo y tienes una sociedad o formas parte de ella deberás tener en cuenta que este año cambia la cuota de autónomo societario y se calcula en base a los ingresos reales que tenga el trabajador autónomo. En este post te contamos qué novedades se han introducido este año respecto a la cuota de autónomo societario y cómo se calculan los ingresos reales para determinar la base de cotización adecuada.
Novedades en 2023 respecto a la cuota de autónomo societario
La nueva regulación de las cotizaciones de los autónomos se establece en el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad.
Las principales novedades respecto a la cuota de autónomo societario que se han producido en 2023 y continuarán durante 2024 y 2025, son las siguientes:
- La cotización del autónomo societario se calcula en base a los ingresos reales o rendimiento neto, es decir, los ingresos menos los gastos. En este sentido se ha modificado la Ley General de la Seguridad Social de forma que en el artículo 308 establece que las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas cotizarán en función de los rendimientos anuales obtenidos en el ejercicio de sus actividades económicas, empresariales o profesionales.
- La base mínima de cotización para los autónomos societarios se ha establecido en 1.000 euros al mes.
- La cuota mínima se ha reducido ya que pasa de 377€ en 2022 a 310 € al mes en 2023.
- También cambia el porcentaje de gastos que se pueden deducir que será del 3%.
- Hasta este momento los autónomos societarios podían cambiar su base de cotización cuatro veces al año y ahora serán seis.
- Los autónomos pueden desgravarse en el IRPF las aportaciones que realicen a sus planes de pensiones hasta un máximo del 10%.
- Ha dejado de existir el tope de cotizaciones para trabajadores mayores de 47 años.
- En el caso de cese de actividad se establece una prestación del 50% de la base reguladora.
- La tarifa plana pasa a ser de 80 euros al mes durante un año y puede prorrogarse un año más si los ingresos netos están por debajo del salario mínimo.
Tramos de cotización de autónomos societarios
El nuevo sistema establece quince tramos de cotización y cada autónomo debe decidir su tramo en función de sus ingresos reales. En el año 2023 la cuota mínima es de 230 euros y la máxima de 500 euros.
Cuando finalice el año el autónomo debe regularizar su cotización con la administración y devolver o reclamar en función de los rendimientos netos que haya obtenido.
Los tramos de cotización y las cuotas para 2023 son las siguientes:
Rendimiento Neto | Base mínima cotización | Cuota mínima | Base máxima de cotización | Cuota máxima |
---|---|---|---|---|
<= 670€ | 751,63€ | 230€ | 849,66€ | 260€ |
671€ – 900€ | 849,67€ | 260€ | 900€ | 275€ |
901€ – 1.166,70€ | 898,69€ | 275€ | 1166,70€ | 357€ |
1.166,70€ – 1.300€ | 950,98€ | 291€ | 1300€ | 398€ |
1.301€ – 1.500€ | 960,78€ | 294€ | 1500€ | 459€ |
1.501€ – 1.700€ | 960,78€ | 294€ | 1700€ | 520€ |
1.701€ – 1.850€ | 1013,07€ | 310€ | 1850€ | 566€ |
1.851€ – 2.030€ | 1029,41€ | 315€ | 2030€ | 621€ |
2.031€ – 2.330€ | 1045,75€ | 320€ | 2330€ | 713€ |
2.331€ – 2.760€ | 1078,43€ | 330€ | 2760€ | 845€ |
2.761€ – 3.190€ | 1143,79€ | 350€ | 3190€ | 976€ |
3.191€ – 3.620€ | 1209,15€ | 370€ | 3620€ | 1108€ |
3.621€ – 4.050€ | 1274,51€ | 390€ | 4050€ | 1239€ |
4.051€ – 6.000€ | 1372,55€ | 420€ | 4139,40€ | 1267€ |
> 6.000€ | 1633,99€ | 500€ | 4139,40€ | 1267€ |
¿Cómo se calculan los rendimientos netos de un autónomo societario?
Como ya hemos comentado, para conocer la nueva cuota de autónomo societario es necesario calcular los ingresos reales o rendimientos netos, para ello se deben considerar los siguientes aspectos:
- Es necesario tener en cuenta todos los rendimientos obtenidos por el autónomo en cualquier actividad que realice.
- Deberás sumar las cuotas abonadas a la Seguridad Social si tu tributación se realiza en función del régimen de estimación directa.
- Tal y como hemos visto anteriormente, podrás deducir el 3% de los gastos genéricos en el caso de los autónomos societarios.
Si con fecha 1 de enero de 2023 estás inscrito como trabajador autónomo deberás comunicar tus rendimientos antes del 31 octubre 2023. Si quieres notificar una modificación en la base de cotización porque tus rendimientos encajan en una base de cotización diferente a aquella que has utilizado hasta ahora, tendrás que solicitar la modificación y comunicar tu previsión de rendimientos netos antes del 28 de febrero.
En el caso en que necesites ayuda para conocer la cuota de autónomo societario en 2023, puedes contar con el asesoramiento de los expertos de Elkar Integración que podrán estudiar tu caso, asesorarte sobre el tramo de cotización que te corresponde y realizar los cambios en la Seguridad Social si es necesario que modifiques el tramo en función de tus ingresos reales.