¿Cómo realizar un cambio de centro de trabajo a un trabajador?

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Como realizar un cambio de centro de trabajo

Imagina la siguiente situación: tienes dos centros de trabajo, uno en Madrid y otro en Barcelona. El centro de Barcelona está creciendo y necesitas trasladar a tres empleados allí, lo que supone un cambio de residencia permanente para ellos. Es probable que te surjan muchas dudas como: ¿puedo trasladar a los empleados sin su consentimiento?, ¿qué requisitos debo cumplir?, ¿qué pasos debo dar? En este post te contamos cómo hacer el cambio de centro de trabajo y qué normativa se aplica. 

¿Qué es la movilidad geográfica en el trabajo?

La movilidad geográfica en el trabajo se refiere a dos situaciones que son el traslado y el desplazamiento. En el caso en que se produzca un cambio de centro de trabajo dentro de la misma ciudad, no se considera que exista movilidad geográfica. 

El traslado supone que el trabajador debe cambiar su residencia habitual de forma definitiva y puede afectar a un trabajador, en cuyo caso hablamos de traslado individual, o a un grupo de trabajadores en cuyo caso hablaremos de traslado colectivo. En este caso la duración es indefinida o superior a doce meses, en un periodo de tres años. 

El desplazamiento supone el cambio de centro de trabajo que requiere cambiar de forma temporal la residencia del empleado. En este supuesto, la duración no superará los doce meses, en un periodo de tres años. 

Pasos para realizar un cambio de centro de trabajo de un empleado

Si has decidido cambiar de centro de trabajo a uno o varios empleados podrás seguir los siguientes pasos: 

  • Analizar las circunstancias del traslado. Para que se pueda realizar un traslado de centro de trabajo es necesario que existan razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que lo justifiquen, por aplicación del artículo 40 del Estatuto de los Trabajadores. Se consideran tales las que están relacionadas con la competitividad, productividad y organización técnica o del trabajo de la empresa, así como las contrataciones relacionadas con la actividad empresarial. 

Por otro lado, para determinar si estamos ante un traslado de centro de trabajo que requiere un cambio de lugar de residencia es necesario analizar las circunstancias del caso como: 

  • La regulación que establece el convenio colectivo aplicable. Algunos convenios establecen una distancia en kilómetros a partir de la cual se considera que existe un traslado de centro de trabajo. 
  • Si no existe una regulación en el convenio colectivo se deberá analizar: 
    • La distancia que existe entre el nuevo centro de trabajo y el domicilio del empleado. 
    • La existencia de medios de transporte que posibiliten el desplazamiento del empleado. 
    • Las medidas que tome la empresa para mitigar las consecuencias de la movilidad. 
  • Notificación al empleado de la decisión de traslado. Esta notificación se deberá realizar con una determinada antelación en función del tipo de movilidad geográfica que se quiera realizar: 
    • Si se trata de un traslado, el plazo de notificación es de 30 días de antelación y se deberá hacer una comunicación también a los representantes legales de los trabajadores, si se quiere realizar un traslado colectivo. 
    • Si se trata de un desplazamiento se deberá notificar con una antelación suficiente cuando sea inferior a tres meses y con cinco días de antelación respecto a la fecha prevista para el desplazamiento si este tiene una duración superior a tres meses. 
  • Esperar la decisión del trabajador. Ante una decisión de traslado el trabajador tiene tres opciones: 
    • Aceptar la decisión de la empresa e incorporarse al nuevo centro de trabajo. En este supuesto tiene derecho a que se le compensen económicamente los gastos que suponga el traslado tanto suyos como de los familiares que tenga a su cargo. La cuantía de la compensación será la establecida en el convenio aplicable para los casos de cambio de residencia. 
    • No aceptar el traslado y extinguir el contrato de trabajo. El trabajador tiene un plazo de un año para solicitar la extinción del contrato a contar desde la fecha de la notificación del traslado. En este supuesto el empleado tiene derecho a una indemnización de 20 días de salario por cada año trabajado. 
    • Impugnar la decisión del traslado ante el juzgado de lo social. El empleado puede presentar una demanda ante el juzgado en el plazo de 20 días desde la notificación del traslado por parte de la empresa. El proceso puede terminar con una sentencia que considere el traslado injustificado, en cuyo caso el empleado tendrá derecho a reincorporarse al centro de trabajo originario; y también puede terminar con una sentencia que considere el traslado justificado, en cuyo caso el trabajador deberá aceptarlo o extinguir el contrato de trabajo. 

En el caso en que desees cambiar de centro de trabajo a uno o más empleados de tu empresa, puedes consultar con nuestros expertos laboralistas que estudiarán tu caso y te indicarán los pasos a seguir para cumplir con la ley y el convenio aplicable.

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