Artículo 9. Constancia registral del nombre de dominio.
El artículo 9 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, en adelante LSSI, dispone que:
- Los prestadores de servicios de la sociedad de la información establecidos en España deberán comunicar al Registro Mercantil en el que se encuentren inscritos, o a aquel otro registro público en el que lo estuvieran para la adquisición de personalidad jurídica o a los solos efectos de publicidad, al menos, un nombre de dominio o dirección de Internet que, en su caso, utilicen para su identificación en internet, así como todo acto de sustitución o cancelación de los mismos, salvo que dicha información conste ya en el correspondiente registro.
- Los nombres de dominio y su sustitución o cancelación se harán constar en cada registro, de conformidad con sus normas reguladoras.
- Las anotaciones practicadas en los Registros Mercantiles se comunicarán inmediatamente al Registro Mercantil Central para su inclusión entre los datos que son objeto de publicidad informativa por dicho Registro.
- La obligación de comunicación a que se refiere el apartado 1 deberá cumplirse en el plazo de un mes desde la obtención, sustitución o cancelación del correspondiente nombre de dominio o dirección de Internet.
Artículo 10. Información general.
El artículo 10 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, en adelante LSSI, dispone que:
- Sin perjuicio de los requisitos que en materia de información se establecen en la normativa vigente, el prestador de servicios de la sociedad de la información estará obligado a disponer de los medios que permitan, tanto a los destinatarios del servicio como a los órganos competentes, acceder por medios electrónicos, de forma permanente, fácil, directa y gratuita, a la siguiente información:
- Su nombre o denominación social; su residencia o domicilio o, en su defecto, la dirección de uno de sus establecimientos permanentes en España; su dirección de correo electrónico y cualquier otro dato que permita establecer con él una comunicación directa y efectiva.
- Los datos de su inscripción en el Registro a que se refiere el artículo 9.
- En el caso de que su actividad estuviese sujeta a un régimen de autorización administrativa previa, los datos relativos a dicha autorización y los identificativos del órgano competente encargado de su supervisión.
- Si ejerce una profesión regulada deberá indicar:
- Los datos del Colegio Profesional al que, en su caso, pertenezca y número de colegiado.
- El título académico o profesional con el que cuente.
- El Estado de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo en el que se expidió dicho título y, en su caso, la correspondiente homologación o reconocimiento.
- Las normas profesionales aplicables al ejercicio de su profesión y los medios a través de los cuales se puedan conocer, incluidos los electrónicos.
- El número de identificación fiscal que le corresponda.
- Información clara y exacta sobre el precio del producto o servicio, indicando si incluye o no los impuestos aplicables y, en su caso, los gastos de envío.
- Los códigos de conducta a los que, en su caso, está adherido y la manera de consultarlos electrónicamente.
- Obligación de facilitar esta información se dará por cumplida si el prestador la incluye en su página o sitio de Internet en las condiciones señaladas en el apartado 1.
Información legal. ELKAR INTEGRACIÓN SL
Información correspondiente al artículo 10, número 1, apartado a)
Razón social: ELKAR INTEGRACIÓN SL
C.I.F: B88296744
Domicilio: Calle Zurbano, 45 1º C.P: 28010 Madrid (España)
Correo electrónico: info@elkarintegracion.com
Teléfono: +34 91 826 50 39
Sociedad mercantil con ánimo de lucro inscrita en el Registro Mercantil de Madrid el 25 de enero de 2019, con el Tomo: 38.715 Folio: 70. Sección: 8. Hoja: M-688358. Inscripción: 1.